1.-Los titulares de permisos de conducir de la clase B (el de turismos), que tengan una antigüedad superior a tres años, PODRÁN CONDUCIR MOTOCICLETAS ligeras sin sidecar y con una cilindrada máxima de hasta 125 c.c. Con ello se pretende facilitar el cambio del coche a la moto en la circulación urbana.
2.-Se fija el NUEVO FORMATO DEL PERMISO DE CONDUCIR. Va a parecerse a una tarjeta de crédito. Comenzará
a expedirse en Asturias y Córdoba, y se irá extendiendo
al resto entre enero y abril de 2005.
Se expedirá para los nuevos permisos de conducir y para los que se vayan renovando. NO se expedirá el nuevo formato
en el caso de solicitud de DUPLICADOS de permisos de conducir. Así
que habrá que esperar a que nos toque la revisión. 3.-Se podrá presentar la solicitud de REVISIÓN del permiso de conducir o de la licencia, hasta TRES MESES ANTES de la fecha de caducidad, computandose el plazo para la siguiente revisión a partir de la fecha en que caducaría. Ya no es necesario esperar al último día para solicitar la revisión. 4.- Y si quiere saber que significan esos códigos que nos ponen en el permiso de conducir, estos son los más frecuentes:
RECUERDE: si tiene alguna duda acuda a alguna de las GESTORIAS ADMINISTRATIVAS que figuran en nuestra web. Todas ellas son especialistas en la compleja normativa que afecta a los vehículos y le asesorarán en todo momento. |