¿Puedo llevarlo con el permiso de conducir "B" (El normal de turismos)?. La respuesta es SI, en dos casos: 1.-Siempre
está autorizado si el remolque tiene una masa máxima (M.M.A.) que no
exceda de 750 Kgrs.
2.-Cuando
el remolque tiene matrícula propia, cuando pasa de 750 Kgrs.
de M.M.A., en algunos casos también se está autorizado
a arrastrarlo con el permiso de conducir de la clase "B".
RECUERDE: si tiene alguna duda acuda a alguna de las GESTORIAS ADMINISTRATIVAS que figuran en nuestra web. Todas ellas son especialistas en la compleja normativa que afecta a los vehículos y le asesorarán en todo momento. Legislación aplicable: Art. 5 del Reglamento General de Conductores. |